Confirman una condena de seis años de prisión por un abuso sexual ocurrido durante una fiesta de UPD

El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa confirmó una condena de seis años de prisión para un joven que fue declarado culpable de abusar sexualmente de una adolescente de 17 años durante una fiesta de Último Primer Día (UPD), realizada en marzo de 2025.
La resolución fue dictada por la Sala B del Tribunal de Impugnación Penal, integrada por los jueces Mauricio Piombi y María Paola Frigerio, quienes rechazaron el recurso presentado por la defensa y ratificaron la sentencia de primera instancia.

Según se estableció durante el juicio, el hecho ocurrió durante la madrugada del 5 de marzo de 2025, en un galpón alquilado por estudiantes para la celebración.
De acuerdo con lo acreditado en el proceso judicial, la adolescente se dirigió hacia el sector de estacionamiento luego de cruzar un cerco, debido a que el lugar no contaba con baños suficientes. En ese sector, el condenado la habría interceptado y, pese a las negativas de la joven, la habría acorralado contra un automóvil y cometido el abuso sexual.
La defensa cuestionó la condena
Durante la instancia de apelación, la defensora oficial Paula Arrigone cuestionó distintos aspectos de la sentencia dictada originalmente por el juez Andrés Olié.
Entre otros planteos, la defensa cuestionó la valoración del testimonio brindado por la víctima en Cámara Gesell, la prueba médica y genética incorporada al expediente y la pena impuesta.
También sostuvo que aplicar el mínimo legal de seis años de prisión resultaba desproporcionado teniendo en cuenta que el condenado acababa de cumplir 18 años al momento del hecho. En ese sentido, solicitó que se redujera la pena y que pudiera cumplirse de manera condicional.
El Tribunal confirmó la pena
Los jueces del Tribunal de Impugnación rechazaron los planteos de la defensa y confirmaron tanto la responsabilidad penal como la pena de seis años de prisión.
En los fundamentos, Piombi destacó la coherencia y consistencia del relato de la adolescente, señalando que encontró respaldo en otros elementos incorporados a la causa, entre ellos las lesiones constatadas por profesionales médicos luego del hecho y las conclusiones de las pericias psicológicas realizadas posteriormente.
Respecto de la edad del condenado, el Tribunal señaló que al momento del hecho tenía 18 años cumplidos y, por lo tanto, resultaba aplicable el régimen penal correspondiente a los adultos.
Los magistrados remarcaron que el límite de edad establecido por la legislación determina el régimen aplicable y que los jueces no pueden apartarse de ese criterio al momento de establecer la responsabilidad penal.
De esta manera, la Justicia pampeana confirmó la condena a seis años de prisión por el abuso sexual ocurrido durante la celebración del UPD en marzo de 2025.


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